Encabezado
LEY N° 18.190 MINISTERIO DE HACIENDA
Otorga aguinaldo a los trabajadores del sector público,
a los pensionados de Cajas de Previsión y a personas
acogidas a programas de absorción de cesantía (Publicada
en el "Diario Oficial" N° 31.442, de 15 de diciembre de
1982)
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado
su aprobación al siguiente
PROYECTO DE LEY:
Promulgación
JOSE T. MERINO CASTRO.- FERNANDO MATTHEI AUBEL.- CESAR
MENDOZA DURAN.- CESAR RAUL BENAVIDES ESCOBAR.". Por cuanto
he tenido a bien aprobar la precedente ley, la sanciono y la
firmo en señal de promulgación.
Llévese a efecto como ley de la República.
Regístrese en la Contraloría General de la República,
publíquese en el Diario Oficial e insértese en la
Recopilación oficial de dicha Contraloría.
Santiago, trece de diciembre de mil novecientos ochenta
y dos.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE.- Rolf Lüders, Ministro de
Hacienda.