Ley 12.987
Encabezado
MODIFICA LA LEY N.o 10,986 DE 1952 Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente Proyecto de ley:
Promulgación
Y, por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República. Santiago, tres de Septiembre de mil novecientos cincuenta y ocho.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- Dr. Jorge Torreblanca Droguett.
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Fecha publicación | Título | Temas | Resumen | Legislación citada | Descargar |
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07/10/1958 | Circular 104 | Varios | Acerca de las Modificaciones Introducidas por la Ley N° 12.987 (D.O. N° 23.9.58) a la Ley N° 10.986, de continuidad de la Previsión. | Ley 10.986Ley 12.987 | circular 104 |