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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.650

Articulos citados

Encabezado

PERFECCIONA NORMAS DEL AREA DE LA SALUD

     Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

     Proyecto de ley:

Promulgación

     Habiéndose cumplido con lo establecido en el Nº 1º del artículo 82 de la Constitución Política de la República y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

     Santiago, 19 de noviembre de 1999.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Alex Figueroa Muñoz, Ministro de Salud.- Manuel Marfán Lewis, Ministro de Hacienda (S).
     Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Alvaro Erazo Latorre, Subsecretario de Salud.

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Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresLegislación citada
09/05/2001Dictamen 16591-2001Seguro laboral (Ley 16.744) DL 1819DL 2763, artículo 15Ley 16.744ley 18.469, artículo 11ley 19.650