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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Decreto 72 de 1986 del ministerio de minería

Encabezado

    APRUEBA REGLAMENTO DE SEGURIDAD MINERA

    Santiago, 21 de Octubre de 1985.- Hoy se decretó lo que
sigue:
    Núm. 72.- Visto: Lo dispuesto por el número 8 del
artículo 2° y letra c) del artículo 9° del Decreto Ley
N° 3.525 y las facultades que me confiere el N° 8 del
artículo 32 de la Constitución Política de la República,

    Decreto:

    Apruébase el siguiente Reglamento de Seguridad Minera.


Promulgación

    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.-
AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de
la República.- Samuel Lira Ovalle, Ministro de Minería.
    Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda
atentamente a Ud.- Alvaro Larenas Letelier, Capitán de
Navío, Subsecretario de Minería.