DL 3501
Articulos citados
- DL 3501, artículo 1 (11)
- dl 3501, artículo 11 (1)
- DL 3501, artículo 13 (2)
- dl 3501, artículo 16 (2)
- dl 3501, artículo 1 transitorio (1)
- DL 3501, artículo 2 (122)
- dl 3501, artículo 22 (1)
- dl 3501, artículo 23 (5)
- dl 3501, artículo 25 (4)
- dl 3501, artículo 28 (4)
- dl 3501, artículo 3 transitorio (2)
- DL 3501, artículo 4 (115)
- dl 3501, artículo 5 (15)
- dl 3501, artículo 6 (1)
- dl 3501, artículo 8 (12)
- dl 3501, artículo 9 (1)
Acceso directo en LeyChile
Fija el nuevo sistema de cotizaciones previsionales y deroga las disposiciones legales que indica.
Encabezado
FIJA NUEVO SISTEMA DE COTIZACIONES PREVISIONALES Y DEROGA DISPOSICIONES LEGALES QUE INDICA Santiago, 4 de Noviembre de 1980.- Hoy se dictó el siguiente: Núm. 3.501.- Visto: Lo dispuesto en los decretos leyes Nos. 1 y 128, de 1973; 527, de 1974, y 991, de 1976, y Considerando: 1.- Que el nuevo sistema de pensiones creado por el decreto ley número 3.500, de 1980, establece cotizaciones inferiores a las de los regímenes anteriores y, como consecuencia de ello es necesario impedir que la diferencia en el monto de las cotizaciones se refleje en un menor costo de contratación de los afiliados al nuevo sistema. 2.- Que el sistema establecido en el decreto ley señalado en el número anterior, no contempla un régimen especial de desahucio o indemnización por años de servicios, por lo que se hace necesario reconocer la parte de dichos beneficios que se haya devengado hasta el momento de la opción. La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente Decreto ley:
Promulgación
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la recopilación oficial de dicha Contraloría. -AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.- José Piñera Echenique, Ministro del Trabajo y Previsión Social. Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Saluda a U.- Alfonso Serrano Spoerer, Subsecretario de Previsión Social.
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Fecha publicación | Título | Temas | Resumen | Legislación citada | Descargar |
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07/10/2016 | Circular 3250 | Seguro laboral (Ley 16.744) | IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DE LA LEY N° 16.744, RESPECTO AL OTORGAMIENTO Y PAGO DE LAS PRESTACIONES ECONOMICAS. | DFL 44 de 1978 MintrabDL 2448DL 3500DL 3501DL 3536 de 1981 MintrabLey 15.386, artículo 26Ley 16.744Ley 18.591, artículo 34Ley 18.834Ley 18.883Ley 19.403Ley 19.454, artículo 8Ley 19.539Ley 19.553Ley 19.728, artículo 6Ley 20.255Ley 20.255, artículo 88Ley 20.255, artículo 89Ley 20.531 | Circular 3250, de 2016 |
18/05/2016 | Circular 3226 | Seguro laboral (Ley 16.744)Trabajadores independientes | SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS DEL ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES. INCORPORACIÓN DE LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 88 Y 89 DE LA LEY N° 20.255. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LOS AÑOS 2016 Y 2017, EN VIRTUD DE LA LEY N° 20.894. DEROGA CIRCULARES N°S 24873, DE 2008 Y 2808, DE 2012. | DL 3500DL 3501DS 101 de 1968 MintrabDS 109 1968 MintrabDS 110 de 1968 MintrabDS 67 de 1999 MintrabLey 16.395Ley 16.744Ley 18.095Ley 19.578Ley 20.255Ley 20.255, artículo 88Ley 20.255, artículo 89Ley 20.894 | Circ 3226 |
20/06/1984 | Circular 876 | Varios | COMPLEMENTA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS POR CIRCULAR N° 835, DE 2 DE AGOSTO DE 1983, RESPECTO A LA APLICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 1° Y 2° DE LA LEY N°18.225. | DL 3501DL 3501, artículo 1DL 3501, artículo 13Ley 17.322Ley 18.225, artículo 1Ley 18.225, artículo 2 | Circular 876 |
09/03/1981 | Circular 737 | Asignación familiar | IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE PRESUPUESTOS DEL FONDO ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES Y FONDO COMÚN DE SUBSIDIOS DE CESANTÍA PARA EL EJERCICIO DEL AÑO 1981 Y APLICACIÓN DEL D.L. 3.501 DEL AÑO 1980. | DL 3501 | 737 |
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