Encabezado
ESTABLECE NORMAS SOBRE COMPATIBILIDAD ENTRE PRESTACIONES DE PENSION Y CUOTA MORTUORIA DE LA LEY Nº 16.744 Y LA DE LOS DIVERSOS REGIMENES PREVISIONALES
Santiago, 15 de Mayo de 1975.- Con esta fecha se ha dictado el siguiente decreto ley:
Núm. 1.026.- Vistos: lo dispuesto en los decretos leyes Nºs 1 y 128, ambos de 1973; 527 y 806, de 1974, La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente,
Decreto ley:
Promulgación
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE TORIBIO MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- JOSE BERDICHEWSKY SCHER, General de Aviación, Comandante en Jefe subrogante de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Nicanor Díaz Estrada, General de Brigada Aérea, Ministro del Trabajo y Previsión Social.
Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Saluda a U.- Humberto Pizarro Biron, Subsecretario de Previsión Social.