Ley 19.880
Articulos citados
- ley 19.880, artículo 10 (1)
- ley 19.880, artículo 11 (2)
- ley 19.880, artículo 14 (2)
- ley 19.880, artículo 15 (1)
- ley 19.880, artículo 19 (1)
- ley 19.880, artículo 22 (1)
- ley 19.880, artículo 24 (1)
- Ley 19.880, artículo 25 (57)
- Ley 19.880, artículo 27 (1)
- Ley 19.880, artículo 3 (6)
- ley 19.880, artículo 30 (1)
- ley 19.880, artículo 32 (1)
- Ley 19.880, artículo 4 (1)
- ley 19.880, artículo 41 (1)
- ley 19.880, artículo 46 (3)
- ley 19.880, artículo 47 (2)
- ley 19.880, artículo 5 (2)
- ley 19.880, artículo 53 (4)
- ley 19.880, artículo 54 (5)
- ley 19.880, artículo 55 (1)
- ley 19.880, artículo 57 (2)
- Ley 19.880, artículo 59 (53)
- Ley 19.880, artículo 60 (4)
- ley 19.880, artículo 64 (1)
- ley 19.880, artículo 65 (1)
- ley 19.880, artículo 7 (1)
- ley 19.880, artículo 8 (1)
- Ley 19.880, artículo 9 (1)
Acceso directo en LeyChile
Establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administracion del Estado.
Encabezado
ESTABLECE BASES DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS QUE RIGEN LOS ACTOS DE LOS ORGANOS DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente Proyecto de ley:
Promulgación
Habiéndose cumplido con lo establecido en el Nº 1º del Artículo 82 de la Constitución Política de la República y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República. Santiago, 22 de mayo de 2003.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Francisco Huenchumilla Jaramillo, Ministro Secretario General de la Presidencia. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Rodrigo Egaña Baraona, Subsecretario General de la Presidencia.
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