Ley 17.940
Articulos citados
Encabezado
CONCEDE MENSUALMENTE, A CONTAR DEL 1° DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO, U ANTICIPO DE REAJUSTE A TODOS LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PUBLICO Y PRIVADO; MODIFICA LAS LEYES QUE INDICA. OTRAS DISPOSICIONES Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente Proyecto de ley:
Promulgación
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo: por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República. Santiago, a cuatro de Junio de mil novecientos setenta y tres.- SALVADOR ALLENDE GOSSENS.- Fernando Flores L. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Patricio Morales Salinas, Subsecretario de Hacienda.
Circulares relacionadas (1)
Fecha publicación | Título | Temas | Resumen | Legislación citada | Descargar |
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18/06/1973 | Circular 365 | Varios | IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DEL ANTICIPO DE REAJUSTE DISPUESTO POR LA LEY N° 17.940, PUBLICADA EN AL DIARIO OFICIAL DE 6 DE JUNIO DE 1973. | Ley 17.940 | Circular365 |
Dictámenes relacionados (3)
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Legislación citada |
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18/02/2014 | Dictamen 10906-2014 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley 16.744Ley 16.744, artículo 53Ley 17.940ley 19.284 | |
01/04/2013 | Dictamen 20055-2013 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Contingencia ocurrida con anterioridad a la vigencia de la ley n°16 | Ley 16.744Ley 17.940 |
28/05/2004 | Dictamen 20577-2004 | Seguro laboral (Ley 16.744) | DL 869Ley 16.744Ley 17.940 |