Ley 17.487
Articulos citados
Encabezado
APLICA DERECHO AL ABONO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 38 DE LA LEY N° 10.383, A LOS OBREROS QUE INDICA Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su
Promulgación
Por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República. Santiago, seis de Septiembre de mil novecientos setenta y uno.- SALVADOR ALLENDE GOSSENS.- José Oyarce Jara. Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Saluda a U.- Laureano León Morales, Subsecretario de Previsión Social.
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Fecha publicación | Título | Temas | Resumen | Legislación citada | Descargar |
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31/08/1972 | Circular 345 | Varios | IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY N° 17.487, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE 14 DE SETIEMBRE DE 1971, SOBRE EL DERECHO AL ABONO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 38° DE LA LEY N° 10.383 QUE LE ASISTE A LOS EX IMPONENTES DEL SERVICIO DE SEGURO SOCIAL. | ley 10.383, artículo 38Ley 17.487 | Circular345 |
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Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Legislación citada |
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05/11/1993 | Dictamen 10914-1993 | Seguro laboral (Ley 16.744) | DL 3536 de 1981 Mintrabley 10.383, artículo 38Ley 10.475Ley 15.183Ley 16.744Ley 16.744, artículo 53Ley 17.487 |