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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 20.111

Articulos citados

Encabezado

              LEY NUM. 20.111

CONCEDE BONO EXTRAORDINARIO PARA LAS FAMILIAS DE MENORES INGRESOS

     Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente:

     Proyecto de Ley:

Promulgación

      Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
     Santiago, 20 de junio de 2006.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Andrés Velasco Brañes, Ministro de Hacienda.- Osvaldo Andrade Lara, Ministro del Trabajo y Previsión Social.
     Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, María Olivia Recart Herrera, Subsecretaria de Hacienda.

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Fecha publicaciónTítuloTemasResumenLegislación citadaDescargar
17/07/2006Circular 2314Aporte Familiar PermanenteAsignación familiarBONO EXTRAORDINARIO DE LA LEY N°20.111. COMPLEMENTA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS, MEDIANTE CIRCULAR N°2313.ley 20.111Circular2314
30/06/2006Circular 2313Aporte Familiar PermanenteAsignación familiarBONO EXTRAORDINARIO DE LA LEY N° 20.111 PARA TRABAJADORES QUE INDICA. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS ENTIDADES QUE, PARA EFECTOS DE ASIGNACIÓN FAMILIAR, OPERAN CON EL FONDO ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES Y SUBSIDIOS DE CESANTÍA.ley 20.111Circular2313

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06/11/2006Dictamen 57539-2006Cajas de Compensación ley 20.111ley 20.111, artículo unico