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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

DFL 338 de 1960 del ministerio de hacienda

Encabezado

    ESTATUTO ADMINISTRATIVO
    Núm. 338.- Santiago, 5 de Abril de 1960.- Considerando:
    1° Que es propósito del Supremo Gobierno uniformar todas aquellas disposiciones que digan relación con el personal empleado por la Administración Civil del Estado;
    2° Que del estudio de las normas que rigen actualmente al ya citado personal se desprenden faltas de concordancia o bien diferencias en cuanto a obligaciones y derechos, excepción hecha de aquellos con derechos particulares;
    3° Que el Supremo Gobierno desea uniformar todas las normas antedichas en un solo cuerpo, para reglar sus relaciones con el personal de la Administración Pública;
    4° Que esta concepción se conforma más exactamente a las normas que preconiza la Constitución Política del Estado, y
    5° Que con ello se obtiene un mejor y mayor rendimiento de todo el personal, por cuanto se resguardan sus derechos y se nivelan sus obligaciones, y Vistas las facultades que me confieren los artículos 202 y siguientes de la ley N° 13.305, vengo en dictar el siguiente
    Decreto con fuerza de ley.

Promulgación

    Tómese razón, comuníquese y publíquese.- J. ALESSANDRI R.- R. Vergara H.- S. del Río G.