Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.981

Encabezado

REAJUSTA REMUNERACIONES QUE SEÑALA A CONTAR DE FECHA QUE INDICA

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de Ley:

Promulgación

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- René Cortázar Sanz, Ministro del Trabajo y Previsión Social.- Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Eduardo Loyola Osorio, Subsecretario del Trabajo.

Circulares relacionadas (1)

Fecha publicaciónTítuloTemasResumenLegislación citadaDescargar
01/06/1990Circular 1167VariosAUMENTO DE INGRESO MÍNIMO. NORMAS DE CARÁCTER PREVISIONAL CONTENIDAS EN LA LEY N°18.981. IMPARTE INSTRUCCIONES A INSTITUCIONES DE PREVISIÓN.ley 18.981Circular1167

Dictámenes relacionados (1)

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresLegislación citada
12/02/1993Dictamen 1733-1993Seguro laboral (Ley 16.744) Ley 16.744, artículo 30ley 18.870ley 18.981