Encabezado
ESTABLECE NORMAS SOBRE ORGANIZACIONES SINDICALES Y
NEGOCIACION COLECTIVA
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su
aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Promulgación
Habiéndose cumplido con lo establecido en el N° 1.o
del artículo 82 de la Constitución Política de la
República, y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y
sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como
Ley de la República.
Santiago, 22 de julio de 1991.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR,
Presidente de la República.- René Cortazár Sanz, Ministro
del Trabajo y Previsión Social.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Eduardo
Loyola Osorio, Subsecretario del Trabajo.