Encabezado
MODIFICA ARTICULO 2° DE LA LEY N° 18.263, ESTABLECE NORMAS DE REAJUSTE DE PENSIONES QUE INDICA Y SUSTITUYE NORMAS QUE SEÑALA
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley
Promulgación
JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, Miembro de la Junta de Gobierno.- RODOLFO STANGE OELCKERS, General Director, General Director de Carabineros, Miembro de la Junta de Gobierno.- HUMBERTO GORDON RUBIO, Teniente General de Ejército, Miembro de la Junta de Gobierno.
Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley, la sanciono y la firmo en señal de promulgación.
Llévese a efecto como Ley de la República.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la recopilación Oficial de dicha Contraloría.
Santiago, 23 de Marzo de 1988.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- Dante Santoni Compiano, Teniente Coronel, Ministro de Hacienda Subrogante.- Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante, Ministro de Defensa Nacional.
Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Dante Santoni Compiano, Teniente Coronel, Subsecretario de Hacienda.