Ley 14.842
Articulos citados
Encabezado
FIJA NORMAS PARA EL OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE MONTEPIO Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente Proyecto de ley:
Promulgación
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República. Santiago, treinta de Enero de mil novecientos sesenta y dos.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Hugo Gálvez Gajardo.
Circulares relacionadas (2)
Fecha publicación | Título | Temas | Resumen | Legislación citada | Descargar |
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07/10/1994 | Circular 1362 | Varios | COMPLEMENTA PUNTO 2.2 SOBRE "CADUCIDAD DE LAS MENSUALIDADES" Y REEMPLAZA PÁRRAFO 5° DEL PUNTO 2.3, RELATIVO A "REVISIÓN DE BENEFICIOS CONCEDIDOS", DE LA CIRCULAR N° 1326, DE 25 DE ENERO DE 1994, DE ESTA SUPERINTENDENCIA. | Ley 14.842Ley 14.842, artículo 3Ley 19.260Ley 19.260, artículo 4 | Circular 1362 |
16/02/1962 | Circular 149 | Varios | Se refiere a la Ley N° 14.842 de 9 de Febrero de 1962, que fija Normas para el otorgamiento del Beneficio de Montepío. | Ley 14.842 | circular 149 |