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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

DS 20 de 2013 Mintrab

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Introduce modificaciones al D.S. N°75, de 1974, que contiene el Reglamento del Sistema Único de Prestaciones Familiares.

Encabezado

MODIFICA DECRETO Nº75, DE 1974
      
     Núm. 20.- Santiago, 19 de noviembre de 2013.- Vistos: Lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 3º del DFL Nº150, de 1981 y en el decreto supremo Nº75, de 1974, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y la facultad que me confiere el Nº6 del artículo 32, de la Constitución Política de la República de Chile.
      
     Considerando:
      
     Que, el Reglamento del Sistema de Prestaciones Familiares, contenido en el decreto supremo Nº75, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, establece en el inciso quinto del artículo 5º, que las personas que fueren declaradas inválidas deberán someterse a los exámenes y controles que se les ordenare por el respectivo Servicio Médico, los que deberán efectuarse obligatoriamente a lo menos cada tres años. La renuencia sin causa justificada, a someterse a dichos exámenes o controles facultará a la institución previsional correspondiente para ordenar la suspensión del pago del beneficio.
     Que, en el oficio Ord Nº66860, de fecha 22 de octubre de 2013, de la Superintendencia de Seguridad Social se manifestó que dicha revisión no se justificaría en las situaciones de causantes cuya invalidez, cumpliendo con el requisito de carencia o pérdida de 2/3 o más de su capacidad de ganancia, sea irreversible y, por tanto, efectiva y ciertamente permanente.
     Que, corresponde modificar el inciso quinto del artículo 5º del decreto supremo Nº75, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
      
     Decreto:

Promulgación

      
     Anótese, tómese razón y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Juan Carlos Jobet Eluchans, Ministro del Trabajo y Previsión Social.- Felipe Larraín Bascuñán, Ministro de Hacienda.
     Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Carmen Luz Contreras Varela, Subsecretaria de Previsión Social (S).

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Fecha publicaciónTítuloTemasResumenLegislación citadaDescargar
17/02/2014Circular 2989Asignación familiarASIGNACIÓN FAMILIAR. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE APLICACIÓN DEL D.S. N°20, DE 2013, DEL MINISTERIO DEL TABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, QUE MODIFICA EL D.S. N°75, DE 1974, DEL MISMO MINISTERIO. COMPLEMENTA INSTRUCCIONES CONTENIDAS EN LA CIRCULAR N° 2.511, DE 2009, DE ESTA SUPERINTENDENCIA.DFL 150 de 1982 MintrabDS 20 de 2013 MintrabDS 20 de 2013 Mintrab, artículoDS 75 de 1974 MintrabDS 75 de 1974 Mintrab, artículo 5Ley 16.395Ley 20.691Circular 2989