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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.496, artículo 54 l

Texto

     Artículo 54 L.- La manifestación por la que el
proveedor acepte someterse al procedimiento será informada
en el sitio web del Servicio en el plazo de cinco días
contado desde que ella hubiere tenido lugar. A través del
mismo medio se informará el estado en que se encuentra el
procedimiento y se publicará la solución ofrecida por el
proveedor.