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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.496, artículo 17 f

Texto

     Artículo 17 F.- Los proveedores de servicios o
productos financieros y de seguros al público en general,
no podrán enviar productos o contratos representativos de
ellos que no hayan sido solicitados, al domicilio o lugar de
trabajo del consumidor.