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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.496, artículo 12

Texto

     Artículo 12.- Todo proveedor de bienes o servicios
estará obligado a respetar los términos, condiciones y
modalidades conforme a las cuales se hubiere ofrecido o
convenido con el consumidor la entrega del bien o la
prestación del servicio.