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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 10.621, artículo 13

Texto

    Artículo 13.° Todos los imponentes de la Sección
Periodística de la Caja Nacional de Empleados Públicos y
Periodistas, tendrán derecho a gozar de la asignación
familiar en conformidad a la ley.