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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 17.416, artículo 113

Texto

    ARTICULO 113° Los funcionarios de la Planta de
Servicios Menores y los Auxiliares a jornal de los
organismos o entidades del sector público que acrediten
haber rendido el Sexto Año de Humanidades o su equivalente,
tendrán preferencia para ingresar a la Planta
Administrativa.