Texto
ARTICULO 15° El Presidente de la República entregará,
durante el año 1971, las cantidades necesarias para dar
cumplimiento a esta ley, a los siguientes Servicios e
Instituciones:
1.- Oficina de Planificación Nacional___E° 6.000.000
2.- Contraloría General de la República_ 21.300.000
3.- Superintendencia de Servicios
Eléctricos, de Gas y
Telecomunicaciones__________________ 4.300.000
4.- Instituto Antártico Chileno_________ 70.000
5.- Instituto Nacional de Estadísticas__ 9.000.000
6.- Comisión Nacional de Investigación
Científica y Tecnológica____________ 1.400.000
7.- Universidad de Chile________________ 200.000.000
8.- Universidad Técnica del Estado______ 48.000.000
9.- Consejo Nacional de Menores_________ 2.200.000
10.- Astilleros y Maestranza de la
Armada_____________________________ 24.200.000
11.- Fábrica y Maestranza del Ejército__ 14.000.000
12.- Dirección General de Deportes y
Recreación_________________________ 3.300.000
13.- Empresa de los Ferrocarriles del
Estado_____________________________ 242.000.000
14.- Línea Aérea Nacional_______________ 39.000.000
15.- Empresa de Transportes Colectivos
del Estado_________________________ 35.400.000
16.- Empresa Marítima del Estado________ 27.600.000
17.- Empresa Portuaria de Chile_________ 89.000.000
18.- Corporación de la Reforma Agraria__ 30.300.000
19.- Instituto de Desarrollo Agropecuario 50.000.000
20.- Servicio Agrícola y Ganadero_______ 48.000.000
21.- Instituto de Capacitación e
Investigación en Reforma Agraria___ 11.750.000
22.- Instituto Forestal_________________ 3.000.000
23.- Instituto de Investigaciones
Agropecuarias______________________ 10.000.000
24.- Instituto de Educación Rural_______ 4.700.000
25.- Servicio Nacional del Empleo_______ 1.000.000
26.- Instituto Laboral y Desarrollo
Social_____________________________ 500.000
27.- Dirección de Crédito Prendario y
Martillo___________________________ 8.800.000
28.- Servicio Nacional de Salud_________ 573.000.000
29.- Corporación de Servicios
Habitacionales_____________________ 42.000.000
30.- Corporación de Obras Urbanas_______ 21.000.000
31.- Corporación de Mejoramiento Urbano_ 7.500.000
32.- Servicio de Seguro Social__________ 305.000.000
33.- Universidad Técnica "Federico Santa
María"_____________________________ 8.000.000
34.- Universidad Católica de Chile______ 40.000.000
35.- Universidad Católica de Valparaíso_ 12.000.000
36.- Universidad de Concepción__________ 51.000.000
37.- Universidad Austral________________ 13.500.000
38.- Universidad del Norte______________ 9.800.000
39.- Escuelas Universitarias de Temuco,
dependientes de la Universidad
Católica de Chile y Fundación de la
Frontera___________________________ 800.000
40.- Instituto del Mar__________________ 700.000
41.- Colegio de Abogados________________ 2.500.000
Las sumas asignadas a las instituciones a que se refiere
el inciso anterior serán excedibles en el monto que sea
necesario para cumplir con los reajustes de remuneraciones
que establece esta ley.
Si dichas sumas exceden las cantidades necesarias para
dar cumplimiento a esta ley, el excedente no será puesto a
disposición del servicio o institución respectivo y, si
alguno de ellos hubiere recibido, en el hecho, una mayor
cantidad, deberá reintegrarla en arcas fiscales.