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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 17.416, artículo 108

Texto

    ARTICULO 108° Concédese mensualmente, desde el 1° de
enero de 1971, una asignación de E° 100 a los Valijeros,
Agentes Postales Subvencionados y obreros a jornal del
Servicio de Correos y Telégrafos.