Texto
Artículo 82.- El Servicio Nacional de Capacitación y
Empleo, es un organismo técnico del Estado, funcionalmente
descentralizado, con personalidad jurídica de derecho
público, que estará sometido a la supervigilancia del
Presidente de la República a través del Ministerio del
Trabajo y Previsión Social. Su domicilio será la ciudad de
Santiago, sin perjuicio de las Direcciones Regionales que
existirán en cada región del país y de los domicilios
especiales que puedan establecerse, en conformidad con lo
dispuesto en el número 3 del artículo 85.