Texto
Artículo 9º.- Existirá un órgano nacional de
conformación tripartita, denominado Consejo Nacional de
Capacitación, cuya función será asesorar al Ministerio
del Trabajo y Previsión Social en la formulación de la
política nacional de capacitación.
Dicho Consejo será presidido por el Ministro del Trabajo y
Previsión Social, y estará integrado, además, por los
Ministros de Hacienda, de Economía, Fomento y
Reconstrucción, de Educación y el Vicepresidente de la
Corporación de Fomento de la Producción, o por quienes
éstos designen en su representación. También lo
integrarán cuatro consejeros provenientes del sector
laboral y cuatro consejeros provenientes del sector
empresarial, quienes serán designados por el Presidente del
Consejo, previa consulta a las organizaciones nacionales
más representativas de dichos sectores.
El Consejo tendrá una Secretaría Técnica que estará a
cargo del Director Nacional del Servicio Nacional de
Capacitación y Empleo.
El Consejo sesionará, a lo menos, cada tres meses
convocado por el Ministro del Trabajo y Previsión Social, y
emitirá, una vez al año, un informe público sobre las
deliberaciones y acuerdos que haya adoptado en el ejercicio
de sus funciones.
Además, deberá constituirse y funcionar en cada Región
del país un Consejo Regional de Capacitación, que tendrá
por función asesorar al Gobierno Regional en el desarrollo
y aplicación de la política nacional de capacitación en
el ámbito regional. Este órgano regional será presidido
por el Secretario Regional Ministerial del Trabajo y
Previsión Social y estará integrado por los Secretarios
Regionales Ministeriales de los Ministerios que integran el
Consejo Nacional. También lo integrarán dos consejeros
provenientes del sector laboral y dos consejeros
provenientes del sector empresarial, quienes serán
designados por su Presidente de la misma forma como lo son
los que integran el Consejo Nacional de Capacitación. Cada
uno de estos consejos tendrá una Secretaría Técnica que
estará a cargo del respectivo Director Regional del
Servicio Nacional de Capacitación y Empleo.