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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.962, artículo 76

Texto

    Artículo 76 (77).- La libertad académica incluye la
facultad de abrir, organizar y mantener establecimientos
educacionales, cumpliendo los requisitos establecidos por la
ley, y la de buscar y enseñar la verdad conforme con los
cánones de la razón y los métodos de la ciencia.