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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.962, artículo 13

Texto

    Artículo 13.- Para lograr los objetivos generales
señalados en el artículo anterior, los alumnos de
enseñanza media deberán alcanzar los siguientes requisitos
mínimos de egreso:
    a) Adquirir y valorar el conocimiento de la filosofía,
de las ciencias, de las letras, de las artes y de la
tecnología, con la profundidad que corresponda a este
nivel, desarrollando aptitudes para actuar constructivamente
en el desarrollo del bienestar del hombre;
    b) Adquirir las habilidades necesarias para usar
adecuadamente el lenguaje oral y escrito y apreciar la
comunicación en las expresiones del lenguaje;
    c) Adquirir los conocimientos que le permitan apreciar
las proyecciones de la ciencia y tecnología moderna;
    d) Conocer y apreciar el medio natural como un ambiente
dinámico y esencial para el desarrollo de la vida humana;
    e) Conocer y comprender el desarrollo histórico y los
valores y tradiciones nacionales que le permitan participar
activamente en los proyectos de desarrollo del país;
    f) Desarrollar la creatividad y la habilidad para
apreciar los valores expresivos de la comunicación
estética en las diversas manifestaciones culturales;
    g) Lograr un desarrollo físico armónico para
desempeñarse adecuadamente en la vida, y
    h) Adquirir la motivación y preparación necesaria que
le faciliten su desarrollo personal.