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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.962, artículo 1

Texto

    Artículo 1°.- La presente Ley Orgánica Constitucional
fija los requisitos mínimos que deberán cumplir los
niveles de enseñanza básica y enseñanza media, y asimismo
regula el deber del Estado de velar por su cumplimiento. Del
mismo modo norma el proceso de reconocimiento oficial de los
establecimientos educacionales de todo nivel.