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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.962, artículo 28

Texto

    Artículo 28.- No obstante lo dispuesto en los
artículos precedentes, los establecimientos de educación
de las Instituciones de la Defensa Nacional, que impartan
enseñanza media, se regirán en cuanto a su creación,
funcionamiento y planes de estudio por sus respectivos
reglamentos orgánicos y de funcionamiento y se
relacionarán con el Estado a través del Ministerio de
Defensa Nacional.