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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.962, artículo 16

Texto

    Artículo 16.- Para ingresar a la enseñanza media se
requiere haber aprobado la enseñanza básica o tener
estudios equivalentes.
    Por decreto supremo expedido a través del Ministerio de
Educación Pública se reglamentará la forma como se
validarán los estudios realizados al margen del sistema
formal y convalidarán los estudios equivalentes a la
enseñanza básica o media realizados en el extranjero y el
otorgamiento de las certificaciones correspondientes.