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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.681, artículo 53

Texto

    Artículo 53.- Reemplázanse en el inciso segundo del
artículo 11 de la ley sobre Comercio de Exportación y de
Importación y de Operaciones de Cambios Internacionales,
cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se fijó
por decreto N° 471, del Ministerio de Economía, Fomento y
Reconstrucción, publicado en el Diario Oficial de 29 de
noviembre de 1977, las expresiones "hacia o desde", por la
siguiente oración: "de mercancías destinadas o
provenientes u originarias de".