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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.681, artículo 28

Texto

    Artículo 28.- Agrégase, a contar de la fecha de
publicación de esta ley, el siguiente número 12 a la letra
B) del artículo 12 del decreto ley N° 825, de 1974:
    "12.- Las importaciones que constituyan premios y
donaciones realizadas al amparo de la Subpartida 00.12.05.00
de la Sección O del Arancel Aduanero.".