Texto
Artículo 33.- La cantidad de $ 457.400 miles recibida
por la Empresa Portuaria de Chile durante los años
1986-1987 como aporte de la Secretaría y Administración
General del Ministerio de Transportes deberá ser utilizada
por la citada empresa para reducir, en el mismo monto, parte
de las obligaciones contraídas por el Fisco en conformidad
a lo dispuesto en el artículo 31 del decreto con fuerza de
ley N° 290, de 1960. Dicha reducción se contabilizará con
cargo al capital y reservas de la empresa.