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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 16.735, artículo 72

Texto

    Artículo 72° Los gastos por mejoramiento de la ración
del contingente producidos en el Ejército durante el año
1966 y hasta el 31 de agosto de 1967, se imputarán al ítem
022 "Obligaciones Pendientes" del Presupuesto Corriente de
la Subsecretaría de Guerra.