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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 16.735, artículo 9

Texto

    Artículo 9° Suspéndese, por el presente año, la
autorización contenida en el inciso 2° del artículo 59°
del decreto con fuerza de ley 47, de 1959.
    Los Servicios funcionalmente descentralizados podrán
efectuar traspasos entre ítem de un mismo presupuesto,
previa autorización escrita de la Dirección de
Presupuestos.