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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 16.735, artículo 53

Texto

    Artículo 53° Declárase compatible el cargo de Oficial
Civil Adjunto de Registro Civil con el de Profesor de la
Enseñanza Primaria.
    El cargo deberá ser desempeñado por el profesor de
mayor antigüedad de la localidad de que se trate y siempre
que sea mayor de edad.