Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 15.840, artículo 1 transitorio

Texto

    Artículo 1.°- Los actuales Directores del Ministerio de Obras Públicas continuarán desempeñando sus empleos en tal calidad y en la de Fiscal de Obras Públicas, en su caso, sin necesidad de nuevo nombramiento.