Texto
Artículo 20.°- El Departamento de Administración y Secretaría General formará parte de la Dirección General y tendrá las funciones ralacionadas con las materias que a continuación se señalan:
a) Redactar y tramitar los nombramientos, contratación y destinación del personal;
b) Llevar las Hojas de Vida del personal;
c) Organizar y dirigir todo lo relacionado con el bienestar del personal;
d) Ocuparse de las relaciones públicas, de la divulgación e intercambio de informaciones y preparar la Memoria Anual;
e) Llevar los inventarios y control de los bienes;
f) Mantener el Archivo General y la Biblioteca;
g) Tramitar, cuando se le encomiende, la adquisición de bienes muebles, maquinaria, implementos, materiales de consumo, de equipos de oficina y útiles;
h) Administrar los elementos de movilización, telófonos, radiocomunicaciones, aviación, edificios y oficinas dependientes de la Dirección General de Obras Públicas;
i) Llevar el Registro General de Contratistas; y
j) Atender los demás asuntos de su competencia que le encomiende el Director General.