Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.968, artículo 131

Texto

     Artículo 131.- Aplicación de procedimiento en
Juzgados de Letras con competencia en familia. Serán
aplicables a las causas de competencia de los juzgados de
familia que sean conocidas por los juzgados de letras, los
procedimientos establecidos en los Títulos III, IV y V de
esta ley.