Dictamen 2671-1983
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El monto de los subsidios regidos por la Ley Nº 16.744, se determina considerando las remuneraciones sin el incremento dispuesto por el D.L. Nº 3.501, de 1980.
La base de cálculo de los subsidios por incapacidad laboral a que se refiere el D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social considera -por expresa disposición legal- las remuneraciones incrementadas.
Título | Detalle |
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Ley 16.744 | Ley 16.744 |