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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 2671-1983

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Fecha: 01 de agosto de 1983

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: PARTICULAR

Fuentes: D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. Nº 3.501, de 1980; Ley Nº 16.744

Concordancia con Oficios: Oficio Ord. Nº 4103, de 1983, 5423, de 1984, todos de la Superintendencia de Seguridad Social


El monto de los subsidios regidos por la Ley Nº 16.744, se determina considerando las remuneraciones sin el incremento dispuesto por el D.L. Nº 3.501, de 1980.

La base de cálculo de los subsidios por incapacidad laboral a que se refiere el D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social considera -por expresa disposición legal- las remuneraciones incrementadas.

TítuloDetalle
Ley 16.744Ley 16.744