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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

DFL 1 de 2005 Minsal, artículo 77

Texto

     Artículo 77.- Las referencias que las leyes,                   D.L. Nº 2763/79
reglamentos, decretos supremos, resoluciones u otras                Art. 55
disposiciones vigentes formulan al Servicio Nacional de
Salud, en relación con la Central de Abastecimiento
dependiente de esta institución, se entenderán hechas a la
Central.