Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

DFL 1 de 2005 Minsal, artículo 51

Texto

     Artículo 51.- Corresponderá igualmente al Fondo                D.L. Nº 2763/79
cumplir las funciones y obligaciones de orden administrativo        Art. 28
y financiero que competen al Servicio Médico Nacional de
Empleados, como administrador del Fondo de Asistencia
Médica según la ley Nº 16.781 y su reglamento, así como
las demás funciones de esta institución y del Servicio
Nacional de Salud que determine el Presidente de la
República por decreto supremo que debió dictarse dentro de
los noventa días siguientes a la fecha de publicación del
decreto ley N° 2763 de 1979.