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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.640, artículo 72

Texto

     Artículo 72.- La planta del Ministerio Público
estará constituida por los siguientes cargos, a los cuales
corresponderán los grados de la escala de sueldos del Poder
Judicial que se indican:

CARGOS                NUMERO               GRADOS
Fiscales
Fiscal Nacional         1                   I
Fiscal Regional         18                  III
Fiscal Adjunto          769                 IV-VIII

Funcionarios
Director Ejecutivo
Nacional               1                    II
Director Ejecutivo
Regional               18                   III
Jefe de Unidad         73                   III-V
Profesionales          1.178                VI-XI
Técnicos               611                  IX-XIV
Administrativos        1.306                XI-XVII
Auxiliares             389                  XVII-XIX

     A los profesionales que desempeñen funciones de
abogado asistente de fiscal se les asignarán los grados
entre el  VIII y el XI.
     El Fiscal Nacional, teniendo presente las necesidades
de funcionamiento del Ministerio Público a nivel nacional y
las disponibilidades presupuestarias, determinará
anualmente, previo informe del Consejo, la dotación de
personal de la institución, incluyendo el número de cargos
de planta vacantes que se proveerá, hasta el máximo
señalado en cada nivel.