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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.640, artículo 69

Texto

     Artículo 69.- Para ingresar al Ministerio Público
como funcionario, será necesario cumplir los siguientes
requisitos generales:

     a) Ser ciudadano;
     b) Haber cumplido con la ley de reclutamiento y
movilización, cuando fuere procedente;
     c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo;
     d) Haber aprobado la educación media;
     e) No haber cesado en un cargo público como
consecuencia de calificación deficiente, o por medida
disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco
años desde la fecha de expiración de funciones, y
     f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones
o cargos públicos, ni haber sido condenado por crimen o
simple delito.