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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.883, artículo 4 transitorio

Texto

    Artículo 4.°- La aplicación de las normas contenidas
en esta ley no podrá significar disminución de
remuneraciones ni pérdida de cualquier otro derecho para el
personal de planta en actual servicio.