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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.883, artículo 135

Texto

    Artículo 135.- En el evento de proponer el fiscal el
sobreseimiento se enviarán los antecedentes al alcalde,
quien estará facultado para aprobar o rechazar tal
proposición. En el caso de rechazarla, dispondrá que se
complete la investigación dentro del plazo de cinco días.
    El sumario será secreto hasta la fecha de formulación
de cargos, oportunidad en la cual dejará de serlo para el
inculpado y para el abogado que asumiere su defensa.