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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.883, artículo 109

Texto

    Artículo 109.- El funcionario podrá solicitar sin goce
de remuneraciones, por motivos particulares, hasta por tres
meses en cada año calendario.
    El límite señalado en el inciso anterior, no será
aplicable en el caso de funcionarios que obtengan becas
otorgadas de acuerdo a la legislación vigente.