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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.300, artículo 31 quater

Texto

     Artículo 31 quáter.- Cualquier persona que se
considere lesionada en su derecho a acceder a la
información ambiental, podrá recurrir ante la autoridad
competente, de conformidad con lo señalado en la ley Nº
20.285, sobre Acceso a la Información Pública.