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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 17.276, artículo 38

Texto

    ARTICULO 38° Fácúltase al Presidente de la República
para dictar, normas sobre el fomento de la educación
física, el deporte, la educación extraescolar y la
recreación en los establecimientos de enseñanza general
básica y media, así como respecto de los preescolares;
sobre las funciones y organización de los servicios del
Ministerio de Educación Pública encargados de su
ejecución, y sobre las modalidades de coordinación y
operación de programas y actividades que, sobre dichas
materias, estos servicios acuerden o deban realizar
conjuntamente con la Dirección General de Deportes y
Recreación.