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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 7.295, artículo 35

Texto

    Artículo 35. Todo empleado que oculte datos o los proporcione falsos para gozar de asignaciones familiares, responderá con su fondo de retiro de la Caja, por las sumas de que hubiere gozado indebidamente, y por las multas que el tribunal le aplique.